El día de hoy se publicó en el DOF la Resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de malla hexagonal originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Resolución:
Se declara concluido el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de malla hexagonal originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7314.19.03, 7314.19.99, 7314.31.01, 7314.41.01 y 7314.49.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria a que se refiere el punto 3 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 25 de julio de 2017.
Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 3 de la presente Resolución en todo el territorio nacional (3. El 2 de abril de 2009 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó modificar la cuota compensatoria de 2.80 a 0.45 dólares por kilogramo y mantenerla vigente por cinco años más.)
RESOLUCION FINAL CUOTA COMPENSATORIA MALLA HEXAGONAL ORIGINARIA DE CHINA DOF03JUL2018