Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de bicicletas para niños, originarias de la República Popular China

SECRETARIA DE ECONOMIA

Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de bicicletas para niños, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 8712.00.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

RESOLUCIÓN


  1. Se declara concluido el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y se impone una cuota compensatoria definitiva de $13.12 dólares por pieza a las importaciones de bicicletas para niños, que ingresen por la fracción arancelaria 8712.00.02 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia.

 

  1. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
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