Primera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018
Reformas sobresalientes;
1.- Se incluye en diferentes REGLAS, para condicionar autorizaciones, que el contribuyente no se encuentre listado en las empresas del CFF 69-B (con simulación de negocios).
2.- Regla 1.4.15, Se precisa que los AA no estarán en causales de cancelación de su patente cuando el domicilio fiscal declarado haya sido por error, pero ese domicilio si haya sido del contribuyente con anterioridad.
3.- Regla 1.4.16, Se precisa que los AA no estarán sujetos a procedimientos de cancelación si se encuentran mercancías excedentes o no declaradas, pero en facultades de comprobación y siempre que se trate de una ocasión al año.
4.- Regla 1.5.4, Se prorroga al 2 de enero del 2019, el artículo 81 del reglamento, aunque ello no nos quita la obligación de darle al AA la documentación relativa a los incrementables.
5.- Regla 1.11.3, Reactivan el anexo 6 (criterios de clasificación arancelaria)
6.- Regla 6.1.3, Se podrá rectificar el pedimento en facultades de comprobación cuando se ejerza el acuerdo conclusivo con la PRODECON.
7.- Modificaciones al capítulo 7, certificación IVA-IEPS.