Conforme a lo establecido en el artículo 25 del Decreto IMMEX, los titulares de un programa de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (Programa IMMEX) están obligados a presentar un reporte anual a la Secretaría de Economía, respecto del total de las ventas y de las exportaciones, correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, a más tardar el último día hábil del mes de mayo del año que corresponda.
El 21 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución mediante la cual se dieron a conocer los nombres de los titulares y números de Programas IMMEX suspendidos por la falta de presentación del reporte anual, así como por el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11 fracción III del Decreto IMMEX.
En el caso de las empresas con Programa IMMEX que, al último día hábil del mes de agosto de 2016, no presentaron su reporte anual correspondiente a 2015 o no cumplieron con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 11 fracción III del Decreto IMMEX, los Programas quedaron cancelados definitivamente a partir del 1 de septiembre de 2016, motivo por el cual la Secretaria de Economía publico la Resolución que nos ocupa.
Dicha lista puede encontrarse en el siguiente link:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5453861&fecha=27/09/2016