{"id":499,"date":"2015-12-22T08:49:38","date_gmt":"2015-12-22T14:49:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rodall.com\/noticias\/?p=499"},"modified":"2025-10-06T10:42:46","modified_gmt":"2025-10-06T16:42:46","slug":"acuerdo-que-modifica-al-diverso-por-el-que-la-secretaria-de-economia-emite-reglas-y-criterios-de-caracter-general-en-materia-de-comercio-exterior-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rodall.com\/notirodall\/?p=499","title":{"rendered":"Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretar\u00eda de Econom\u00eda emite reglas y criterios de car\u00e1cter general en materia de Comercio Exterior."},"content":{"rendered":"<p>SECRETARIA DE ECONOMIA<\/p>\n<p>Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretar\u00eda de Econom\u00eda emite reglas y criterios de car\u00e1cter general en materia de Comercio Exterior.<\/p>\n<p>ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETAR\u00cdA DE ECONOM\u00cdA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CAR\u00c1CTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR<!--more--><br \/>\n<strong>Primero.-<\/strong>\u00a0Se\u00a0<strong>reforma<\/strong>\u00a0la regla 2.3.8 del Acuerdo por el que la Secretar\u00eda de Econom\u00eda emite reglas y criterios de car\u00e1cter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 31 de diciembre de 2012 y sus modificaciones, como a continuaci\u00f3n se indica:<\/p>\n<p>\u201c<strong>2.3.8 \u2026<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2026<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2026<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2026<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> \u2026<\/strong><\/li>\n<li><strong>a) <\/strong>a\u00a0<strong>q)<\/strong> <strong>\u2026<\/strong><\/li>\n<li>\n<strong>r) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar aceite en bruto de girasol, originario y procedente de la Rep\u00fablica Argentina, fracci\u00f3n arancelaria 1512.11.01, publicado en el DOF el 21 de septiembre de 2005.<\/li>\n<li><strong>s) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignaci\u00f3n para importar at\u00fan procesado, excepto lomos, originario de los pa\u00edses miembros de la Comunidad Europea, publicado en el DOF el 11 de julio de 2012.<\/li>\n<li><strong>t) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para internar a la Comunidad Europea, bananas o pl\u00e1tanos, frescos (excluidos pl\u00e1tanos hortaliza) originarios de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 25 de julio de 2008 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>u) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignaci\u00f3n de contingentes arancelarios para importar, con los aranceles preferenciales establecidos en el marco de los compromisos contra\u00eddos por M\u00e9xico en la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, publicado el en DOF el 16 de mayo de 2008.<\/li>\n<li><strong>v) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar libre de arancel caf\u00e9 tostado y molido en envases individuales con un peso de hasta 40 gramos de las fracciones arancelarias 0901.21.01, 0901.22.01 y 0901.90.99, publicado en el DOF el 14 de marzo de 2011 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>w) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para internar a Colombia grasa l\u00e1ctea anhidra (butteroil) originaria de los Estados Unidos Mexicanos, al amparo del arancel-cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Rep\u00fablica de Colombia, publicado en el DOF el 2 de agosto de 2011.<\/li>\n<li><strong>x) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para internar a la Comunidad Europea en el periodo del 1 de julio de un a\u00f1o al 30 de junio del a\u00f1o siguiente, jugo de naranja concentrado congelado con grado de concentraci\u00f3n mayor a 20\u00b0 Brix, originario de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 19 de septiembre de 2007 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>y) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignaci\u00f3n para importar juguetes y productos para beb\u00e9, publicado en el DOF el 23 de marzo de 2015.<\/li>\n<li><strong>z) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el contingente arancelario para importar, exenta de arancel, leche en polvo originaria de los pa\u00edses miembros de la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2012 y sus modificaciones.<\/li>\n<li><strong>aa) <\/strong>Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignaci\u00f3n para importar pimientos en conserva originarios de la Rep\u00fablica del Per\u00fa, publicado en el DOF el 1 de febrero de 2012 y sus modificaciones.<\/li>\n<li><strong>bb) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo anual para importar con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos l\u00e1cteos con un contenido de s\u00f3lidos l\u00e1cteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracci\u00f3n 1901.90.04, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2012 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>cc) <\/strong>Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, trozos de pollo y pavo, publicado en el DOF el 14 de agosto de 2014 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li>\nLos cupos establecidos en los siguientes Acuerdos, \u00fanicamente respecto a los cupos que se mencionan:<\/li>\n<li>\n<strong>a) \u2026<\/strong><\/li>\n<li><strong>b)<\/strong> Los cupos para internar a la Comunidad Europea chicle; esp\u00e1rragos frescos o refrigerados; jugo de naranja, excepto concentrado congelado; jugo de pi\u00f1a, sin fermentar y sin adici\u00f3n de alcohol con grado de concentraci\u00f3n mayor a 20\u00b0 brix y miel natural , establecidos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo del 1 de julio de un a\u00f1o al 30 de junio del a\u00f1o siguiente, miel natural; esp\u00e1rragos frescos o refrigerados; los dem\u00e1s melones; at\u00fan procesado, excepto lomos; chile; jugo de naranja, excepto concentrado congelado y jugo de pi\u00f1a, sin fermentar y sin adici\u00f3n de alcohol con grado de concentraci\u00f3n mayor a 20\u00ba brix, originarios de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 2 de julio de 2012.<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong> Cupo para importar duraznos en alm\u00edbar exclusivamente enlatados o envasados, establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la Rep\u00fablica Argentina, de conformidad al Decimoquinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementaci\u00f3n Econ\u00f3mica No. 6, publicado en el DOF el 23 de julio de 2007 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>d) <\/strong>Cupo para internar a la Comunidad Europea huevo de ave f\u00e9rtil libre de pat\u00f3genos (SPF), establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo del 1 de julio de un a\u00f1o al 30 de junio del siguiente a\u00f1o, huevo de ave f\u00e9rtil libre de pat\u00f3genos (SPF); rosas, claveles, orqu\u00eddeas, gladiolas, crisantemos, azucenas y las dem\u00e1s flores, originarios de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 2 de julio de 2012.<\/li>\n<li><strong>e) <\/strong>Cupo para internar a la Comunidad Europea fresas congeladas sin adici\u00f3n de az\u00facar ni otros edulcorantes, establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo del 1 de julio de un a\u00f1o al 30 de junio del siguiente a\u00f1o: ch\u00edcharos congelados (guisantes, arvejas) (pisum sativum); las dem\u00e1s fresas congeladas sin adici\u00f3n de az\u00facar ni otros edulcorantes; melaza de ca\u00f1a; esp\u00e1rragos preparados o conservados, excepto en vinagre o \u00e1cido ac\u00e9tico; mezclas de ciertas frutas preparadas o conservadas, incluso con adici\u00f3n de az\u00facar u otro edulcorante, originarios de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 3 de julio de 2012.<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong> Los cupos para importar puros y ron embotellado, establecidos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el mecanismo de asignaci\u00f3n para importar productos originarios y provenientes de la Rep\u00fablica de Cuba, publicado en el DOF el 2 de julio de 2012 y su modificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>g) <\/strong>Cupo para importar quesos, establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el procedimiento para su asignaci\u00f3n, para importar quesos y tejidos de lana, originarios de la Rep\u00fablica Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Rep\u00fablica Oriental del Uruguay, publicado en el DOF el 14 de julio de 2005 y su modificaci\u00f3n.\u201d<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Segundo.-<\/strong>\u00a0Se\u00a0<strong>adiciona\u00a0<\/strong>la regla 2.3.9 al Acuerdo por el que la Secretar\u00eda de Econom\u00eda emite reglas y criterios de car\u00e1cter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 31 de diciembre de 2012 y sus modificaciones, para quedar como sigue:<\/p>\n<p>\u201c<strong>2.3.9<\/strong>\u00a0Para aquellos cupos a los que se hace referencia en la regla 2.3.8, que requieran acreditar la totalidad de operaciones efectuadas en el a\u00f1o inmediato anterior, si el solicitante no cuenta con la informaci\u00f3n del ejercicio anual completo, se le asignar\u00e1 la parte proporcional correspondiente a la informaci\u00f3n presentada. Tan pronto tenga la informaci\u00f3n del ejercicio anual completo, podr\u00e1 presentar una nueva solicitud para recibir la parte complementaria del mismo.\u201d<br \/>\n<strong>TRANSITORIO<\/strong><br \/>\n<strong>\u00daNICO.-\u00a0<\/strong>El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SECRETARIA DE ECONOMIA Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretar\u00eda de Econom\u00eda emite reglas y criterios de car\u00e1cter general en materia de Comercio Exterior. 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