Se modifica la tarifa aumentando el ARANCEL de importación de 97 Fracciones Arancelarias del sector siderúrgico, Planchón, Placa en hoja, Placa en rollo, Lámina rolada en frío y en caliente y Alambrón.
Categoría: Diario Oficial de la Federación
-
MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR
El día de hoy se publicó en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1.A, 10, 21, Y 22.
-

Publicación D.O.F
El Diario Oficial de la Federación publicó el día de hoy mantener la cuota compensatoria de .45 us por kg. Para la malla hexagonal originaria de China de las Fracc. Arancelarias 7314.19.03, 7314.19.99 7314.31.01, 7314.41.01, 7314.49.99.
-

Diario Oficial de la Federación
Tomar en cuenta lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día de hoy.
AVISO por el que se da a conocer el listado de las entidades de acreditación autorizadas, de las personas acreditadas y aprobadas, de los organismos nacionales de normalización, de los organismos internacionales reconocidos por el gobierno mexicano, así como de sus suspensiones o revocaciones correspondientes, actualizado al 31 de marzo de 2017.
-

MOD. REGLAS Y CRITERIOS DE ECONOMÍA
Anexo publicación llevar a cabo la fabricación de televisores clasificados en las fracciones arancelarias 8528.59.99, 8528.72.06 y 8528.72.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, por lo que con el propósito de abastecer el mercado interno, así como hacer competitivos los productos nacionales en el extranjero, es conveniente establecer los criterios y requisitos para importar los insumos para la fabricación de televisores al amparo de la citada Regla 8ª.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los cinco días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
-

Decreto para el capítulo 72 de la TIGIE
DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
y el Decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial, para el capítulo 72 de la TIGIELa modificación a la TIGIE y PROSEC , para mercancías clasificadas en el cap 72 acero aplicandoles un arancel del 15% de advalorem.
Transitorio: ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su vigencia concluirá a los ciento ochenta días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación.

