Resolución que concluye el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas, originarias de la República Popular China.

SECRETARIA DE ECONOMÍA

RESOLUCIÓN QUE CONCLUYE EL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE TUERCAS DE ACERO AL CARBÓN NEGRAS O RECUBIERTAS, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7318.16.03 Y 7318.16.04 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

RESOLUCIÓN

  1. Se declara concluido el procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, o por cualquier otra.
  2. Se elimina la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas, originarias de China, a que se refiere el punto 2 de la presente Resolución, a partir del 4 de agosto de 2015.
  3. Notifíquese la presente Resolución a Prottsa y al gobierno de China.
  4. Comuníquese esta Resolución al Servicio de Administración Tributaria, para los efectos legales correspondientes.
  5. Archívese como caso total y definitivamente concluido.
  6. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
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