SECRETARIA DE ECONOMIA
Resolución Final de la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco eléctrico, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
RESOLUCIÓN
- Se declara concluido el procedimiento de investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco eléctrico, originarias de China, independientemente del país de procedencia, y se determina la aplicación de cuotas compensatorias a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco eléctrico, originarias del Reino Unido y procedentes de la empresa UKCG, elaborados con barras de grafito originarias de China, que ingresen por la fracción arancelaria 8545.11.01 de la TIGIE, en los términos señalados en los puntos 2 y 4 de esta Resolución, según corresponda al productor chino de la barra de grafito.
- La cuota compensatoria se aplicará sobre el valor en aduana de la mercancía, independientemente del cobro del arancel respectivo.
- En la Resolución que se menciona en el punto anterior, la Secretaría determinó las siguientes cuotas compensatorias:
- para las importaciones de Jilin Carbon Import and Export Company (“Jilin”) de 68%;
- para las importaciones de Sichuan Guanghan Shida Carbon Co. Ltd. (“Sichuan”) de 250%;
- para las importaciones de Nantong Yangzi Carbon Co. Ltd. (“Nantong”) de 93%;
- para las importaciones de Henan Sanli Carbon Products Co. Ltd. de 185%;
- para las importaciones de M. Brashem, Inc. de 38%, siempre y cuando provengan de las dos empresas proveedoras que presentó para el cálculo de su margen de discriminación de precios, y
- para las importaciones provenientes del resto de los exportadores de electrodos de grafito originarios de China de 250%.
- Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota compensatoria definitiva señalada en el punto 174 de la presente Resolución en todo el territorio nacional.
- Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas de que se tenga conocimiento.
- Comuníquese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.
- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.